Prácticas en empresas

Formación en Centros de Trabajo y Proyecto

Descripción

La Formación en Centros de Trabajo es un Módulo Profesional que obligatoriamente han de cursar los alumnos de los Ciclos Formativos en un entorno real de trabajo. La realización de prácticas formativas en centros de trabajo se convierte en elemento esencial en el sistema de Formación Profesional y tiene como función que el alumno asuma la realidad profesional en sus componentes técnica y sociolaboral.

Los centros educativos que impartan Ciclos Formativos de grado superior de Formación Profesional del sistema educativo desarrollados según la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, deberán garantizar la realización del módulo profesional de Proyecto, de acuerdo con lo estipulado en el Real Decreto de Título y Decreto de Currículo correspondientes. El módulo profesional de proyecto, está definido de acuerdo con las características de la actividad laboral del ámbito del ciclo formativo y con aspectos relativos al ejercicio profesional y a la gestión empresarial.

Duración

Módulo de Formación en Centros de Trabajo 400 horas.

Módulo de Proyecto 40 horas.

Acceso

El alumno cursará el módulo de Formación en Centros de Trabajo y Proyecto, en su caso, cuando haya superado todos los módulos restantes correspondientes a esa titulación.

Con carácter excepcional, a decisión del equipo docente del ciclo, podrán acceder al módulo de FCT y Proyecto, en su caso, los alumnos que tengan pendientes de superar módulos de primero o segundo cuya carga horaria anual establecida en el currículo, en conjunto, no supere 200 horas.

Exención del módulo de Formación en Centros de Trabajo

Podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral siempre que se acredite su relación con los estudios profesionales respectivos y haya tenido una duración, como mínimo, de un año a tiempo completo.

Los alumnos deberán presentar una solicitud de exención del módulo según el modelo establecido en el Anexo XI, de la Orden de 29/07/2010, con una antelación mínima de 15 días al comienzo del periodo de realización del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo.

El Departamento de la Familia Profesional al que pertenezca el ciclo formativo será el órgano encargado de decidir sobre la exención o no del módulo de FCT. Las exenciones serán reconocidas por la Dirección del centro.

Formación en Centros de Trabajo y Proyecto en el Portal de Educación

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